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proceso:EMISION DE CRITERIO
 
institución:MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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   División Jurídica    Al contestar refiérase al oficio Nº? ?7767 06 de julio de 2017 DJ-0773 Señora Ana Cristina Brenes Jaubert Auditora Interna MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA ana.brenes@munisrh.go.cr Estimada señora: Asunto: ?Se rechaza solicitud de criterio por incumplimiento de requisitos: falta de competencia. Se refiere este Despacho a su oficio 056-2017 AIM-MSRH, de fecha 14 de junio de 2017, en los cuales solicita que esta Contraloría General aclare si las municipalidades deben acatar las disposiciones del Decreto Ejecutivo 37861-MEP, correspondiente al Reglamento a la Ley n.° 7552, al considerar su atención improcedente. En atención a las consultas planteadas, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley n.° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor ejerce dicha función en el ámbito de sus competencias, de manera que atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. En este sentido, el “?Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República?”, R-DC-0197-2011 de las 8.00 horas del 13 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Concretamente, el artículo 8 dicho reglamento contempla los requisitos necesarios para la presentación de una consulta ante la Contraloría General de la Republica. “Artículo 8º—Requisitos para la presentación de las consultas. Las consultas ...
Fecha publicación: 08/07/2017
Fecha emisión: 05/07/2017
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Falta de competencia


División Jurídica      Al contestar refiérase al oficio Nº? ?07045 21 de junio del 2017 DJ-0705-2017 Licenciada Ana Cristina Brenes Jaubert Auditora Interna MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL, HEREDIA ana.brenes@munisrh.go.cr paola.lara@munisrh.go.cr Estimada señora: Asunto: ?Se previene cumplimiento de requisitos, para presentación de consultas ante la CGR. Posición auditora interna. Se refiere este Despacho a su oficio número 055-2017 AIM-MSRH, fechado el 13 de junio de 2017, mediante el cual consulta a este Órgano Contralor sobre la posibilidad de que la Municipalidad de San Rafael de Heredia ofrezca incentivos como motocicletas, bicicletas, pantallas TV, refrigeradoras, cocinas, computadoras, tiquetes de paseo, entre otros para promover el pago de impuestos y servicios municipales. De conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, número 7428, del 07 de setiembre de 1994, el órgano contralor ejerce la potestad consultiva en el ámbito de sus competencias, de manera que atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. En este sentido, el “?Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República?”, R-DC-0197-2011 de las ocho horas del trece de diciembre del 2011, publicado en la Gaceta n.° 244 del 20 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Concretamente, el artículo 8 del mismo texto normativo, establece los requisitos de obligatorio cumplimien ...
Fecha publicación: 24/06/2017
Fecha emisión: 21/06/2017
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


División Jurídica Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº 2980 24 de febrero del 2015 CGR/DJ-0201-2015 Señora Licda. Ana Cristina Brenes Jaubert Auditora Interna MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA Estimada señora: Asunto: Se rechaza consulta por incumplir requisitos de admisibilidad. Caso concreto. Se refiere este Despacho a su oficio número 0016-2015 AIM-MSRH, del 6 de febrero de 2015, recibido el 10 de febrero del mismo año, en el cual solicita asesoría sobre la forma de pago de servicios profesionales al asesor legal contratado en la Municipalidad. En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor ejerce dicha función en el ámbito de sus competencias, de manera que atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. En este sentido, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8.00 horas del 13 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Concretamente, el artículo 8 dicho reglamento contempla los requisitos necesarios para la presentación de una consulta ante la Contraloría General de la Republica. Artículo 8º—Requisitos para la presentación de las consultas. Las consultas que ingresen para su atención conforme al artículo 29 de la cumplir l ...
Fecha publicación: 22/02/2015
Fecha emisión: 19/02/2015
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL T:(506) 501-8000 F: (506) 501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo.1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio N.o12390 17 de noviembre, 2014 DFOE-DL-1005 Licenciada Ana Cristina Brenes Jaubert Auditora Interna ana.brenes@munisrh.go.cr MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL Heredia Estimada señora: Asunto: Solicitud de criterio en torno al alcance de regulaciones de la Ley N° 9047, con respecto al voto de la Sala Constitucional N° 2013-11499, sobre patentes de licores. Se atiende oficio N° 108-2014- AIM-MSRH, recibido el 19 de setiembre del 2014, mediante el cual consulta con respecto a los alcances de la Ley N° 9047 y fallos de la Sala Constitucional, entre estos, el N° 2013-11499. I. Motivo de la consulta Según el mencionado oficio se plantean al Órgano Contralor varias consultas, que se relacionan con situaciones específicas de la Municipalidad de San Rafael. Las consultas formuladas son las siguientes: “[…] 1.- ¿En qué fecha debieron iniciar el cobro de las patentes de licores con las nuevas tarifas de la Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con contenido alcohólico, Ley N° 9047, las Municipalidades del País? […] En mi criterio debió iniciarse el cobro desde el último semestre del 2012, ya que ese Transitorio II de la Ley N° 9047 dice que se aplique la Ley 9047 mientras cada Municipio emitía el Reglamento. La mayor parte de las Municipalidades (sic) iniciaron el cobro con la Ley No 9047 desde el último trimestre del 2012, sin embargo la Municipalidad de San Rafael de Heredia inició el cobro las patentes (sic), ahora licencias de licores con la nueva Ley 9047, a partir del primer trimestre del año 2014. […]”. 2.- ¿Cuál es la interpretación correcta del voto 2013-11499? ¿A partir de cual fecha las patentes otorgadas bajo la Ley N° ...
Fecha publicación: 21/11/2014
Fecha emisión: 17/11/2014
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Licencia y Autorizacion Municipal


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 03281 12 de abril, 2012 DJ-0362-2012 Señor Jorge Isaac Herrera Paniagua Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA Estimado Señor: Asunto: Consulta relacionada con la prohibición al ejercicio de profesiones liberales. Se refiere esta División a su oficio N° 0450-2012-AMSRH, recibido el 26 de marzo pasado, mediante el cual consulta el criterio del órgano contralor en torno a “(…) si es aplicable el pago de “Prohibición al puesto de Encargado Administrativo-Financiero” (…)”. Cabe mencionar, que al memorial de consulta se adjuntó copia del oficio de la Asesoría Legal N° AL-050-MSRH-2012, en el cual se concluyó lo siguiente: “(…) Que en razón de los argumentos expuestos los fundamentos de derecho así como los pronunciamientos de la Contraloría General de la República, y la Procuraduría General de la República así como el oficio DAGJ-3275-2005 con carácter vinculante, es criterio de esta asesoría que si procede el pago de prohibición para el puesto de encargado administrativo y financiero. De previo a proceder con dicho pago se debe verificar que el aspirante posea el título académico con grado de licenciatura que lo acredite como profesional, así mismo y como requisito que se encuentre debidamente incorporado al colegio profesional respectivo”. I CONSIDERACIONES PRELIMINARES En primer término, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994) y el Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República (Resolución N° R-DC-197-2011 publicado en el diario oficial La Gaceta Nº 244 del 20 de diciembre de 2011), este órgano contralor no tiene por norma referirse a casos y situaciones concretas. 2 De manera puntual, en el artículo 8 de l ...
Fecha publicación: 15/04/2012
Fecha emisión: 12/04/2012
Documento: 03281-2012.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Prohibicion de Ejercicio Profesiones Liberales


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 04064 09 de mayo de 2011 DJ-0489-2011 Licenciada Ana Cristina Brenes Jubert Auditora Interna MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA Estimado señor: Asunto: Se atiende gestión, rechazando consulta por improcedente, en relación a un acuerdo tomado por el Concejo Municipal en sesión del 21 de febrero de 2011. Se refiere este Despacho a su oficio número AIM 056-2011, de fecha 26 de abril del año en curso y recibido en esta Contraloría General el 28 de del mismo mes, mediante el cual consulta que: “El Concejo Municipal en la Sesión del 21 de febrero del 2011, según consta en el Acta No. 65-2011, acordó: PRIMERO: Establecer la diferenciación entre visados catastrales también conocidos como visados con fines estrictamente catastrales y visados constructivos, los cuales corresponden a licencias o permisos de construcción. SEGUNDO: Determinar que el visado catastral o visado con fines estrictamente catastrales, es aquel que la Municipalidad otorga cuando ha determinado que el plano que se pretende catastrar cumple los requisitos de inscripción catastral y para tal efecto únicamente pueden exigirse los siguientes requisitos: a. Carta de solicitud de visado firmada por el topógrafo responsable, el propietario del terreno o el titular del plano, que incluya dos medios para recibir notificaciones. b. Original y copia de la minuta de rechazo del Catastro Nacional. c. Dos originales nuevos del plano catastral con los errores indicados por el Catastro Nacional debidamente corregidos. d. Planos de finca madre o planos a modificar. e. Para el caso de fraccionamiento aportar croquis detallado del mismo firmado por el topógrafo responsable. f. Estar al día con el impuesto de bienes inmuebles y con la declaración de bienes inmuebles. TERCERO: Determinar que el control constructivo lo debe realizar la Municipalidad de San Rafael de Heredi ...
Fecha publicación: 12/05/2011
Fecha emisión: 09/05/2011
Documento: 04064-2011.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO